El Gobierno nacional, a través de la resolución número 385 del 12 de marzo de 2020 emitida por el Ministerio de Salud y protección social, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020. Consecuencia de dicha declaratoria, las autoridades de las entidades territoriales deberán:
1. Vigilar que se cumpla con la medida de suspensión de eventos con aforo de más de 500 personas.
2. Evaluar los riesgos para la transmisibilidad del COVID-19 en las actividades o eventos que impliquen la concentración de personas en un número menor a 500, en espacios cerrados o abiertos y, en desarrollo de lo anterior, determinar si el evento o actividad debe ser suspendido.
3. Cumplir con el plan de contingencia que expida el Ministerio de Salud y protección social para responder a la emergencia sanitaria. Dicho plan podrá implicar actualizaciones teniendo en cuenta la evolución de la pandemia.