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Sesiones ordinarias y extraordinarias de las Juntas Administradoras Locales deben ser remuneradas
10 octubre, 2022![](https://www.asocapitales.co/wp-content/uploads/2022/10/ruthson-zimmerman-FVwG5OzPuzo-unsplash-scaled.jpg)
Procuraduría amplía plazo para que entidades que ejecuten recursos públicos reporten su ITA
25 octubre, 2022La creación de albergues para animales abandonados se condiciona a la capacidad financiera de los entes territoriales
Según la Ley 1801 del 2016, los Distritos y municipios, de acuerdo con su capacidad financiera, deberán establecer lugares seguros, centros de bienestar animal, albergues municipales para fauna, hogares de paso público u otros espacios en donde se puedan llevar a los animales domésticos perdidos, abandonados o que sean víctimas de maltrato animal.
Al respecto, el Ministerio de Hacienda, a través de concepto, explicó que la inversión en la creación y mantenimiento de dichos centros de protección animal no son un imperativo para los distritos y municipios, sino que está limitada a la capacidad financiera de las entidades territoriales.
Además, se resaltó que dicho gasto puede ser clasificado como de inversión o de funcionamiento en la sección correspondiente que se encargue de esas funciones.