Gobierno Nacional expide el Decreto 0188 de 2026 con medidas para garantizar el orden público durante las elecciones

Persona ingresando el vota a la urna

Gobierno Nacional expide el Decreto 0188 de 2026 con medidas para garantizar el orden público durante las elecciones

La Asociación Colombiana de Ciudades Capitales – Asocapitales informa a los alcaldes y administraciones de las ciudades capitales del país que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0188 del 27 de febrero de 2026, mediante el cual se establecen medidas para garantizar el orden público y el normal desarrollo de las elecciones de Congreso de la República y de Presidencia y Vicepresidencia de la República (primera vuelta), previstas para el 8 de marzo y el 31 de mayo de 2026, respectivamente.

El decreto, expedido por el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Interior, establece disposiciones en materia de orden público, propaganda electoral, equilibrio informativo, movilidad, seguridad y funcionamiento institucional, que deberán ser observadas por las autoridades territoriales durante el proceso electoral.

Principales disposiciones del decreto

Entre las medidas más relevantes dirigidas a gobernadores, alcaldes y autoridades territoriales, se destacan:

1. Garantías en medios de comunicación y propaganda electoral
Se establece la obligación de respetar el equilibrio informativo y el pluralismo en los medios de comunicación durante las campañas electorales, garantizando el respeto por la honra, el buen nombre y la intimidad de los candidatos y ciudadanos.

Asimismo, el día de las elecciones queda prohibida toda forma de propaganda política o electoral, incluyendo mensajes, entrevistas, comunicados o manifestaciones que promuevan candidaturas o partidos políticos.

2. Regulación de propaganda en el espacio público
Los alcaldes distritales y municipales deberán regular mediante acto administrativo la instalación de carteles, vallas, afiches y demás elementos de propaganda electoral en el espacio público, garantizando el acceso equitativo de partidos, movimientos y candidatos.

3. Restricciones durante la jornada electoral
El decreto establece que durante el día de elecciones:
   •   No podrán difundirse encuestas, proyecciones electorales o propaganda política.
   •   No se permitirá la contratación de “auxiliares electorales” o “guías de votación”.
   •   La Policía Nacional podrá decomisar propaganda distribuida el mismo día de la votación.

4. Ley seca en todo el territorio nacional
Se ordena la aplicación de ley seca desde las 6:00 p.m. del sábado previo a las elecciones hasta las 12:00 del mediodía del lunes siguiente, tanto para las elecciones de marzo como para las de mayo.

5. Medidas de seguridad y movilidad
El decreto faculta a gobernadores y alcaldes para adoptar medidas extraordinarias con el fin de preservar el orden público, entre ellas:
   •   Restricción de circulación de vehículos o embarcaciones.
   •   Implementación de toque de queda si las condiciones de seguridad lo ameritan.
   •   Coordinación de consejos de seguridad regionales.

Adicionalmente, se establece que los sistemas de transporte público deberán operar con al menos el 80 % de su capacidad durante la jornada electoral, con el fin de facilitar la movilización de los ciudadanos hacia los puestos de votación.

6. Otras medidas relevantes
El decreto también incluye disposiciones sobre:
   •   Garantía del servicio de energía eléctrica en puestos de votación y centros de escrutinio.
   •   Disponibilidad de grabaciones de programas informativos transmitidos durante la campaña.
   •   Cierre temporal de pasos terrestres y fluviales fronterizos durante las jornadas electorales.
   •   Apoyo logístico de gobernadores y alcaldes a delegados presidenciales designados para el seguimiento del proceso electoral.

Recomendación a las ciudades capitales

Desde Asocapitales reiteramos a los alcaldes y autoridades locales la importancia de revisar y aplicar las disposiciones contenidas en el decreto, en coordinación con las autoridades electorales, de seguridad y control, con el fin de garantizar un proceso electoral transparente, seguro y con pleno respeto por la democracia.