Circular Externa Conjunta 023 de 2026

Complementaria (entidad no incluida en la solicitud original, pero de incidencia territorial directa). Establece obligaciones para entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, EAPB e IPS: planes de contingencia territoriales, vigilancia reforzada de eventos sensibles al clima, protección de la calidad del agua y reportes diarios de capacidades y afectaciones hospitalarias. Cuando el suministro convencional no pueda mantenerse, los municipios o distritos deben garantizar agua apta mediante carrotanques u otros puntos móviles con control de condiciones fisicoquímicas. La Supersalud ejerce inspección, vigilancia y control.

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