DECRETO 802 DEL 23 DE JULIO DE 2026 SITUACION DE DESASTRE

NORMA CENTRAL DEL PERIODO. Declara la situación de desastre de carácter nacional en todo el territorio por el riesgo inminente asociado a El Niño, con vigencia inicial de 12 meses, con fundamento en la Ley 1523 de 2012 y los artículos 48 y 49 de la Constitución. Ordena a la UNGRD, en coordinación con ministerios y entidades territoriales, formular y ejecutar un Plan de Acción Específico (PAE) con cinco líneas estratégicas: (i) abastecimiento, uso eficiente y ahorro del agua -nuevas fuentes, captación de aguas lluvias y optimización de pozos-; (ii) alimentación y seguridad alimentaria; (iii) transición energética y autogeneración en población vulnerable -soluciones fotovoltaicas-; (iv) acciones en salud pública frente al calor; y (v) prevención y atención de incendios forestales y protección ambiental. Crea la subcuenta temporal 'Fenómeno del Niño 2026-2027' en el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, que puede recibir recursos del PGN, aportes de entidades públicas y territoriales y donaciones nacionales e internacionales, y faculta al Ministerio de Hacienda para realizar los traslados presupuestales necesarios. El decreto advierte como escenario crítico la posible ocurrencia de apagones generalizados y racionamientos prolongados de energía. Se reporta que más de 550 municipios presentan riesgo alto o muy alto de desabastecimiento de agua.

Fecha
Ver documento