Declaratoria de Estado de Emergencia, no constituye causal de terminación o suspensión unilateral de contratos de prestación de servicios celebrados con entidades estatales
11 julio, 2020Se sanciona Ley sobre la obligación de adoptar documentos tipo en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación
26 julio, 2020Consejo de Estado señala los requisitos para que las empresas de transporte de hidrocarburos puedan ser consideradas sujetos pasivos del impuesto de alumbrado público
A través de sentencia del 29 de abril de 2020, el Consejo de Estado aclaró las condiciones que deben cumplir las empresas de transporte de hidrocarburos para que puedan ser consideradas sujetos pasivos del impuesto de alumbrado público. Según esta alta corporación, dichas empresas son receptoras de este servicio y, en consecuencia, sujetos pasivos del impuesto, cuando cumplen los siguientes requisitos:
(i) Ser empresas que tengan la calidad de usuarias potenciales del servicio, en tanto hagan parte de la colectividad que reside en el municipio que administra el tributo, para lo cual deben tener algún establecimiento físico en la jurisdicción municipal
(ii) Que sean beneficiadas, directa o indirectamente, transitoria o permanente, con el servicio de alumbrado público.