
Abierto para comentarios proyecto de Resolución para Planes de Movilidad Sostenible y Seguridad
7 septiembre, 2020
Alcaldía de Sincelejo reactiva programa de bicicletas públicas
7 septiembre, 2020El Consejo de Estado declaró la nulidad del Decreto 465 del 23 de marzo de 2020 por el cual se permitía la exploración y prospección de agua subterráneas, sin tramitar permisos ante autoridades ambientales. El Decreto había sido adoptado para la prestación del servicio de acueducto durante la Emergencia Sanitaria producida por el coronavirus.
A consideración del Consejo de Estado, sustituir el permiso de las autoridades ambientales por estudios geoeléctricos, viola el derecho fundamental a un ambiente sano y limita los deberes de vigilancia y control a los que el Estado está obligado a efectuar sobre el uso de los recursos naturales, los cuales, debe realizarse de manera planificada, a fin de mantener bajo control los factores que causan deterioro ambiental.
La decisión del Consejo de Estado tiene efectos retroactivos por lo que, los proyectos acuíferos que fueron avalados sin contar con la autorización que deben otorgar las autoridades ambientales, deben ser suspendidos hasta que surta el trámite que la ley prevé para obtener el permiso.